La justicia mendocina
dio por tierra con un trabajo realizado por la prestigiosa entidad ADAJUS, que
desde 2012 trabaja desde el Ministerio de Justicia de la Nación con el objetivo
de fortalecer el cumplimiento de los derechos de las Personas con Discapacidad
(PcD) para su efectivo acceso a la Justicia en igualdad de condiciones, a
través de procedimientos adecuados, la comunicación e información.
En
Mendoza, había sido convocada por una de las partes, ya que se sospecha que los
testimonios tomados a las presuntas víctimas de abuso del Instituto Próvolo, se
están realizando mal y, por lo tanto, no solo se estaría violando
procedimientos o torciendo el destino de la investigación, sino que podrían
estarse violando los derechos de los propios niños cuando lo que se pretende es
todo lo contrario.
Este
organismo público se encuentra conformado por distintas áreas y cuenta con un
equipo de profesionales de distintas disciplinas que están abocados a las
causas.
En Mendoza, ¿qué
pasó?
En medio de la causa por presuntos abusos cometidos en
el Instituto Próvolo, en la que están involucrados religiosos y no religiosos
que trabajaban en la entidad católica con sede en Luján de Cuyo y que esperan
en prisión (carcelaria o domiciliaria, según el caso) el cumplimiento del
proceso judicial, ADAJUS elevó un informe tras un pedido efectuado por la
Segunda Defensoría de Pobres y Ausentes a cargo del Víctor Banco.
La Cámara Gesell es una herramienta fuerte en la
investigación. En este caso, se realiza en conjunto con la intérprete oficial
de señas y con los psicólogos, a todos los que sean menores y que tengan
conocimiento o hayan vivido una situación así en dicho lugar. En el colegio
religioso de Luján a los niños se les tenía prohibido la lengua de señas,
entonces muy poco se podían comunicar entre ellos. "Ya cuando empezaron a ser más grandes y a comunicarse mejor,
aparecieron estos hechos, y una vez que se conoció esta noticia, los chicos
comenzaron a hablar y se acercaron a declarar un montón de padres", comentó
en su momento el fiscal Fabricio Sidoti en declaraciones a la prensa..
Desde ADAJUS investigaron, contrastaron y chequearon
los videos de los testimonios en Cámara Gesell realizados en Mendoza, tanto
como el rol de los intérpretes, que en la causa está observada por la defensa
de los acusados por dos motivos: aducen que no se ajustan a la normativa, por
lo que podrían estar transcribiendo mal las declaraciones testimoniales y algo
peor: la sospecha de que están del lado de los denunciantes y se podrían estar
esforzando en que cierren las declaraciones en ese sentido.
Qué
hicieron los peritos del Ministerio de Justicia de la Nación
En los videos remitidos a ADAJUS participaron
intérpretes locales, los cuales son conocedores experimentados en la lengua de
señas. En su dictamen, señalaron:
- "En las entrevistas se observan errores de
técnica interpretativa en el marco de la justicia y en comprender el alcance de
la discapacidad auditiva en un contexto social más amplio que el de una
asociación de sordos. (Cabe aclarar que la lengua de señas no es la única
metodología, adecuación o ajuste razonable indicados por la Convención de los Derechos
para las Personas con Discapacidad (CDPCD) según artículos 2 y 9, implica
también evaluar qué tipo de comunicación posee la persona y adaptar la
metodología a su tipo de repertorio comunicativo, para ello el auxiliar de
justicia debe estar profesionalmente preparado)".
Cómo trabajaron con el material de la causa Próvolo
1- Se proyectó cada uno de los videos sin volumen, el
equipo interdisciplinario del programa procedió a interpretar y a puntuar con
el acta existente, las inconsistencias encontradas.
2- Uno de los técnicos observa a la/el intérprete,
otro al testigo, un tercero lee el acta para corroborar los dichos y un cuarto
escribe. (Cabe destacar que esta metodología de no escuchar el audio permite no
ser influenciados por las palabras dichas y dedicar exclusivamente la
comunicación al sentido de la vista, tal como lo haría una persona con
discapacidad auditiva).
3- Por cada video trabajan cuatro personas
simultáneamente intercambiando luego los roles para corroborar o rectificar lo
analizado. Luego de esta primera evaluación se procede a ver y oír los videos
así como puntuar las actas simultáneamente y de este modo evaluar el resultado
ofrecido en Cámara Gesell.
En qué consiste el trabajo que hacen
ADAJUS informó que "la interpretación en
comunicación no verbal es una tarea en ocasiones,de gran complejidad por la
gran apertura de expresiones y posibilidades sintácticas y léxicas de una misma
idea o pensamiento".
Por ello "la perdida de objetividad es
una probabilidad cuando no hay otro intérprete externo que pueda observar desde
el exterior".
Apuntaron que "en efecto, la
interpretación se ve afectada por este problema entre otros, puesto que en la
comunicación, en el marco de la justicia, no depende de lo que el intérprete
quiera decir, sino de un mensaje que el emisor (quien declara) desea hacer
conocer a una audiencia en particular cuya intención, contenido y estilo deben
ser respetados al máximo".
Mabel Remon: "La mayoría de los testimonios mal tomados a personas sordas se re hacen" |
Según ADAJUS, "el aspecto más difícil del
acto interpretativo es suspender la propia intención, la moral y ser lo más
objetivos posibles ya que los intérpretes asumen el rol de mediadores de un
mensaje que tiene que tratar como propio, aún cuando sus ideas personales no
concuerden con este".
En ese sentido, señalaron que "la presión
que se percibe en la interpretación simultánea, por el tiempo de reelaboración
del mensaje, requiere de destreza práctica para la ejecución de la misma y
poder reelaborar las preguntas en el mismo momento que son formuladas. Es
decir, se requiere de habilidades más complejas: procesos al mismo tiempo de
escucha, procesamiento y expresión verbal del mensaje del emisor, durante el
lapso que utiliza éste cuando pregunta y al mismo tiempo, el intérprete,
realiza una tarea de auto-monitoreo del lenguaje que utiliza. Esto implica la
búsqueda de términos equivalentes, verificar que el tono de voz del intérprete
refleje en la medida de lo posible el 'tono' del gesto del dicente y otras
más... y todas al mismo tiempo. Todo este procedimiento mencionado se acentúa
en la interpretación inversa".
"Para ello -indicaron desde el Ministerio de
Justicia de la Nación- se requiere flexibilidad, es decir la capacidad de
adaptarse a los problemas y situaciones inesperados que comúnmente enfrentan
los intérpretes". Y dieron cuenta de que "a pesar de los años de
experiencia y práctica no se está exento de cometer errores debido a diversos
factores, los acentos marcados, el cansancio, pérdida de concentración,
inquietud por el tema a tratar, etc. El profesional idóneo es quien acepta sus
errores, los analiza y busca superarlos en el momento", concluyeron
su explicación argumental del trabajo que realizan.
Qué se evaluó
El equipo de ADAJUS evaluó en el Caso Próvolo y sus
Cámaras Gesell:
a) Las estrategias de manejo de la voz, las
estrategias de la interpretación terminológica.
b) Las omisiones/adaptaciones culturales de
elaboración propias.
c) Se monitoreó inducción de las respuestas por parte
de los intérpretes en relación a lo esperado por los profesionales que
preguntaban.
d) Si había armonización de la presencia simultánea de
los discursos en lenguas de salida y de llegada tanto en la lengua de señas
como en castellano.
e) La ilación e inicio del discurso, el manejo de la
temporalidad en relación a la discapacidad auditiva y su incidencia en la
formulación de preguntas señadas.
f) El reconocimiento por parte de la intérprete de su
comprensión o no de los términos, ideas y conceptos a interpretar
Los problemas que detectaron: supresión de información
de los testigos
Al revisar los videos, en primer lugar, señalaron que "se
evidencia que en las actas se suprime mucha información proporcionada por los
testigos, tal vez con la intención de dar al texto final cierta coherencia
cuando la característica del relato del sordo tiene otra estructura que se
diferencia de la forma de narrar en lengua castellana".
Para ADAJUS, "con la misma finalidad,
probablemente, se cambia la secuencia del relato, es decir, lo que expresa el testigo
en un momento determinado aparece, en el acta, en otro momento temporal a lo
largo del discurso. Hecho que modifica la secuencia y sentido de la
declaración".
El rol de los intérpretes
En relación a los intérpretes, ADAJUS dictaminó en su
peritaje que "se observan varios momentos en los que los testigos
cuentan una situación muy concreta en la cual, la interpretación, no se condice
con lo expresado, y en consecuencia se cambia el sentido de lo narrado. Es
decir que los interpretes cuentan una historia donde insertan elementos
distintos de los que fueron señados por los testigos. Se puede observar
dificultades para conectar las ideas entre sí de modo coherente. En muchos
pasajes no existe equivalencia del sentido como se podrá apreciar en los
registros transcriptos que se adjuntan al presente informe. Asimismo a pesar de
las indicaciones específicamente dadas por los profesionales, por ejemplo:
Psicóloga: 'no, no le puede describir...' y el/la interprete lo hace de todos
modos ya que no señan en voz alta y cuenta con el desconocimiento de los
profesionales sobre la lengua de señas. Para finalizar se destaca que para la
elaboración del presente informe se han analizado todos los videos con sus
respectivas actas de los cuáles expresamos por escrito sólo tres de ellos ya
que se observan las mismas fallas técnicas en todos".
Las conclusiones que la Justicia decidió ignorar
El equipo de ADAJUS, conducido por Mabel Remón, hizo
13 observaciones que podrían haber sido clave a la hora de avanzar con la
causa, pero que no lo serán porque no fueron avaladas judicialmente:
- Agregados de emociones de parte de el/la intérprete no presentadas por
el dicente, se denota en la modulación de la voz al transmitir el mensaje
en modo castellano.
- Omisión de información de parte de el/la intérprete desde la lengua de
señas al castellano.
- Se observa varios momentos en los cuales el/la interprete no verbaliza
el dialogo que está sosteniendo con el testigo.
- No se respetan las indicaciones dadas por los profesionales y, en
consecuencia, se incide en las respuestas.
- Las preguntas no son formuladas acorde a la singularidad de la persona
con discapacidad.
- Se toma por cierto la primera respuesta sin verificar a través de la
repregunta. Esta técnica por parte de los intérpretes no se pudo apreciar.
No se conoce si fue comprendida la pregunta. Por ejemplo, en cuanto a:
"antes, hace mucho, cuando eras chiquito..." etc. No hay precisión
en la marcación temporal de los hechos, sin embargo se da por válida la
respuesta.
- La modalidad de preguntar por hechos sin coherencia temporal de los
mismos, preguntando por un pasado reciente, luego por algo ocurrido
"hace muuuchoo tiempo" hace la respuesta invalida ya que la
respuesta no es clara en cuanto a cuando y sobre que cosa ocurrió el hecho
preguntado.
- La intérprete al señar algunas de las preguntas verbaliza las
preposiciones y "parece" que fueron expresadas en lengua de
señas (error frecuente en la interpretación simultánea) cuando en realidad
el mensaje ha sido considerablemente modificado. Por ejemplo: para
verificar la edad en la que ingresó al Próvolo, la interprete pregunta y
seña: "vos chiquitito crece, crece, crece Provolo?", mientras
verbaliza "chiquitito así al Provolo o no?" A lo que el testigo
entiende que se le pregunta: si creció en el Provolo desde chico. La
psicóloga percibe que el testigo no comprende la pregunta y le transmite
esto a la interprete, la cual responde: "sí...pero no sé si no se
ubica, a lo mejor, en el tiempo". Responsabilizando de este modo al
testigo de "no comprender o de no ubicarse en el tiempo" cuando
en realidad señó un sentido muy diferente a la pregunta verbalizada.
- Por la modalidad comunicativa de la lengua de señas, cuando las
preguntas requieren de observaciones generales se soslaya esa generalidad
preguntando de un modo diferente, ya que en lengua de señas se deben especificar
las partes que componen esa generalidad. Por ejemplo: Productos de
limpieza se señaría: cosas, limpiar, jabón, trapo, limpiavidrios... etc.
En caso de señar: "cosas limpiar" a "secas" puede ser
interpretado como un objeto a limpiar. Esto se ha dado en el momento en
que la psicóloga pide que se le pregunte: “con que parte del cuerpo te
tocó" "en que parte del cuerpo te tocó", en donde la
intérprete realiza la pregunta utilizando la seña "abuso" en
lugar de la seña "tocar".
- Se puede observar que el testigo había hablado con la intérprete con
anterioridad sobre los hechos ocurridos. Ejemplo: "¿qué pasó con
Horacio?" y el testigo responde: "Ya te conté (señé)" y eso
no fue interpretado en voz alta.
- En la Cámara Gesell la distribución del mobiliario y la ubicación de
las personas no permitieron visualizar plenamente los intercambios de LSA.
(Se omiten testimonios directos y explícitos que fueron citados en el
informe filtrado desde la Justicia).
- El cansancio visible en los testigos al final de las entrevistas hace
que repitan las señas de los intérpretes.
- La intérprete dotaba al discurso de un sentido ajeno al del emisor.
(Se omiten testimonios directos y explícitos que fueron citados en el
informe filtrado desde la Justicia).