sábado, 13 de mayo de 2017

Jueza ordena designar intérprete para un alumno Sordo, en Rio Negro

 El fallo dispone que en un plazo de 5 días se brinde el apoyo al estudiante.



La titular del Juzgado Civil, Comercial y de Minería 1 de la localidad rionegrina de General Roca, María del Carmen Villalba, hizo lugar al amparo que interpuso una mamá y ordenó al Ministerio de Educación de la provincia que asigne un intérprete de señas a su hijo, un estudiante secundario que es sordo.

El fallo, según informó a través de un escrito el Poder Judicial provincial, impone a Educación "que disponga lo necesario para que en el término de cinco días se brinde el apoyo y asistencia de Maestro de Apoyo a la Inclusión, intérprete de señas, con la mayor carga horaria posible y de acuerdo a las necesidades de desarrollo e integración del hijo de la amparista, bajo apercibimiento de aplicar astreintes diarias de 1.000 pesos en caso de verificarse el incumplimiento".

El amparo fue presentado por la mamá de un adolescente de 14 años que inició la escuela secundaria en un establecimiento público de General Roca, al que eligió por su orientación.

La mujer indicó que las clases comenzaron "los primeros días de marzo" y que su hijo, pese a las gestiones realizadas, aún está "esperando que le designen la intérprete para que lo asista" durante toda la jornada escolar.

Desde mediados de marzo el alumno tiene asistencia del intérprete dos días a la semana, en horario acotado a dos asignaturas, pues debe compartir el profesional con otro estudiante con idéntica necesidad, que cursa en otro establecimiento.

La defensora de Menores dictaminó que el adolescente "encuentra vulnerado su derecho a la educación, situación que debe ser resuelta con la mayor premura". Asimismo, señaló que "desde noviembre de 2015 se sabía de la necesidad de contar con un intérprete para el joven, sin embargo ha transcurrido el mes de abril y la respuesta de Educación no llegó".

Villalba destacó que "en el año 2014 ha adquirido jerarquía Constitucional la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Ley 27.044), lo que impone a nuestro país el deber de tomar todas las medidas para asegurar que los niños y las niñas con discapacidad gocen plenamente de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los demás niños y niñas".

También recalcó que la Constitución Provincial "impone expresamente en cabeza del Estado la protección integral de las personas con discapacidad, siendo la Provincia quien debe garantizar la educación".